Propuesta de Resolución xxxx de las Naciones Unidas sobre Estados Unidos.

 

Hendrik Vaneeckhaute

Marzo 2003

 

Sobre las Armas Nucleares:

Recordando que EEUU inventó las armas nucleares, armas de destrucción masiva e indiscriminada, y fue el único estado en el mundo que las ha utilizado, además, contra objetivos no-militares, con la muerte de más de 300.000 civiles inocentes (hasta 1950).

Recordando el incumplimiento permanente el Tratado de No-Proliferación de las armas nucleares, al no cumplir con la obligación de desminuir progresivamente las armas nucleares.

Recordando que existen serias indicaciones que EEUU ha promovido su desarrollo en otros estados, como es el caso de Israel.

Recordando el fallo de la Corte Internacional de Justicia de la Haya (de 1996) que estipula que el uso y la amenaza con las armas nucleares es en contra del Derecho Internacional.

Recordando la ‘Declaración sobre la prohibición del uso de las armas nucleares y termonucleares’ (24 nov. 1961).

Recordando la negativa a suscribir una declaración de no-uso como primero de las armas nucleares, con lo cual la posesión de estas armas por parte de EEUU es una amenaza permanente. Además, el gobierno de EEUU en varias ocasiones se ha declarado dispuesto a utilizarlas.

 

Condenado a EEUU por utilizar, mantener y amenazar con armas prohibidas.

Condenando a EEUU por mantener programas secretos destinados al desarrollo de nuevas armas de destrucción masiva, como son las denominadas bombas nucleares ‘tácticas’.

 

 

Sobre las Armas Biológicas:

Recordando que EEUU, en el pasado utilizó en varias ocasiones las armas biológicas y químicas (como por ejemplo en Vietnam, Laos, Corea y Camboya).

Recordando la ‘Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxicas y sobre su destrucción’ (16 dic. 1971), convención violada por EEUU en varias ocasiones. (Como por ejemplo con las pruebas secretas realizadas en la zona del Canal de Panamá y en Hawai.)

Recordando que el ántrax utilizado en las cartas mandadas después de los atentados del 11 de septiembre del 2001, provenía de laboratorios militares estadounidenses y había sido elaborado en programas secretos.

Recordando que la administración actual abandonó, en septiembre del 2002, el esfuerzo internacional para fortalecer la Convención sobre armas biológicas contra el armamento bacteriológico. De esta forma EEUU impide la puesta en práctica de la Convención sobre las Armas Biológicas al no permitir las inspecciones de NNUU en su territorio.

 

Condenando a EEUU por utilizar, mantener y experimentar con armas prohibidas.

 

 

Sobre la Prevención de los crímenes de guerra y los crímenes de Lesa Humanidad:

Recordando la ‘Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad’ (11 de noviembre de 1970) que estipula “Convencidos de que la represión efectiva de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad es un elemento importante para prevenir esos crímenes y proteger los derechos humanos y libertades fundamenta­les, y puede fomentar la confianza, estimular la cooperación entre los pueblos y contribuir a la paz y la seguridad internacionales.”

Recordando que EEUU, en el caso de Haití, se niega a extraditar a los responsables de crímenes de guerra y de entregar los documentos robados durante su última invasión de la isla (en 1994). Documentos que podrían establecer las responsabilidades de varias personas acusadas de crímenes de guerra y crímenes contra la Humanidad.

Recordando la Convención contra la Tortura (ratificado por EEUU en 1994).

Recordando la presencia en el territorio estadounidense de varias personas acusadas de crímenes de guerra  (como por ejemplo los generales salvadoreños Carlos Eugenio Vides Casanova y José Guillermo García) y su negación juzgarlas.

 

Condenando a EEUU  por su falta de colaboración con el castigo de los culpables de crímenes de guerra y crímenes de Lesa Humanidad.

Condenando a EEUU por promover así los crímenes de guerra y los crímenes de Lesa Humanidad.

 

 

Sobre la Justicia Internacional:

Recordando la obligación establecida por la Carta de Naciones Unidas de cumplir la decisión de la Corte Internacional de Justicia en todo litigio en que sea parte.

 

Condenando el hecho de que EEUU no ha aceptado el fallo de la Corte Internacional de Justicia sobre su agresión ilegal contra Nicaragua.

 

Recordando la negativa a aceptar al Corte Penal Internacional (CPI) y los intentos de boicotear el establecimiento y funcionamiento de dicho Corte mediante presión diplomática a varios estados y la posibilidad de toma de sanciones contra estados parte de la CPI.

Recordando el artículo 8 de los ‘Principios de Cooperación Internacional en la Identificación, Detención, Extradición y Castigo de los Culpables de crímenes de guerra o de crímenes de Lesa Humanidad’ (adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas por Resolución 3074 (XXVIII) de 3 de diciembre de l973) que estipulan que “Los estados no adoptarán disposiciones legislativas ni tomarán medidas de otra índole que puedan menoscabar las obligaciones internacionales que hayan contraído con respecto a la identificación, la detención, la extradición y el castigo de los culpables de crímenes de guerra o de crímenes de lesa humanidad.”

 

Condenando como ilegales, los acuerdos bilaterales impulsados por EEUU para lograr la inmunidad para sus mili­tares ante posibles acusaciones por crímenes de guerra.

 

 

Sobre los Derechos Humanos y los crímenes de guerra:

Recordando la tipificación de la ejecución extrajudicial como crimen de guerra y el derecho a un juicio de cada persona acusada de un crimen, como un derecho humano básico.

Recordando la tipificación de la deportación de civiles y el asesinato o el trato inhumano a prisioneros de guerra como crimen de guerra

Recordando la ‘Declaración sobre la Protección de todas las Personas contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes’ (9 dic. 1975).

 

Condenando como ilegal, la medida que otorga al presidente de EEUU el derecho a ordenar el asesinato de cualquier ciudadano en el mundo.

Condenando el asesinato de miles de prisioneros en diferentes cárceles en Afganistán con la colaboración de las Fuerzas Militares de EEUU.

Condenando la deportación de centenares de personas de diferentes nacionalidades a un campo de concentración en la base militar del Guantánamo.

 

 

Sobre el Derecho Internacional Humanitario:

Recordando la Convención de Ginebra de 1949 sobre el Derecho Internacional Humanitario.

Recordando la negación por parte de EEUU ratificar los Protocolos Adicionales a la Convención de 1949 de Ginebra sobre la protección de civiles en los conflictos internos (1977).

Recordando la ‘Declaración sobre el mejoramiento de la eficacia del principio de la abstención de la amenaza o de la utilización de la fuerza en las relaciones internacionales’ (18 nov. 1987).

 

Condenando los bombardeos indiscriminados de ciudades civiles y los bombardeos de objetivos no-militares como son los hospitales, las instalaciones de purificación de agua, las instalaciones de televisión, y otras que se han efectuados por parte de EEUU en los siguientes estados o territorios: Afganistán, Camboya, Corea, Cuba, El Salvador, Irak, Japón, Kosov@, Laos, Libia, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, Serbia, Sudán  y Vietnam.

 

 

Sobre el Terrorismo Internacional:

Recordando la ‘Declaración sobre la inadmisibilidad de la intervención en los asuntos internos de los Estados y protección de su independencia y soberanía’ (21 dic. 1965).

Recordando la ‘Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional’ (9 dic. 1994).

Recordando la ‘Declaración Universal de Derechos Humanos’ (10 dic. 1948).

 

Condenando la organización y el entrenamiento de decenas de miles de militares de diferentes estados en la “Escuela de las Américas” en las tácticas de ‘guerra de baja intensidad’ y la ‘doctrina de la Seguridad Nacional’, bases principales de la guerra sucia aplicada en la mayor parte de América Latina.

Condenando el apoyo histórico por parte de EEUU a las dictaduras militares violentas, como han sido las dictaduras en Argentina, Bangladesh, Bolivia, Brasil, Chile, Congo, Corea, El Salvador, Guatemala, Haití, Indonesia, Irak, Irán, Nicaragua, Paraguay, República Dominicana y Uruguay.

 

Recordando la Convención Internacional contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de mercenarios (4 dic. 1989).

 

Condenando la presencia en Colombia de mercenarios pagados con fondos públicos de EEUU.

 

 


Sobre el Derecho al Desarrollo:

Recordando la ‘Declaración sobre la utilización del progreso científico y tecnológico en interés de la paz y en beneficio de la humanidad’ (10 nov. 1975).

 

Condenando la presión del gobierno de EEUU ejercido al gobierno de Sudáfrica para impedir el uso de medicamentos genéricos contra el SIDA.

 

Recordando la dominación de EEUU y el uso del veto en los organismos internacionales financieros como son el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.

Recordando la ‘Declaración sobre el derecho al desarrollo’ (4 dic. 1986).

Recordando el informe del ‘Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales’ que ejerce la función de supervisión del ‘Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales’ (3 de enero de 1976) que señala “el impacto negativo de los Programas de Ajuste Estructural en la pobreza, el empleo y la distribución de los ingresos, así como en la disponi­bilidad de servicios sociales”.

Recordando la Resolución 2000/82 de la Comisión de Derechos Humanos que destaca que “las políticas de ajuste estructural tienen graves repercusio­nes para la capacidad de los países en desarrollo de atenerse a la Declaración sobre el Derecho al Desarrollo y de formular políticas nacionales de desarrollo encaminadas a mejorar los derechos eco­nómicos, sociales y culturales de sus ciudadanos.” El mismo informe también afirma que “la deuda externa constituye uno de los obstáculos principales que impi­den que los países en desarrollo disfruten efectivamente de su derecho al desarrollo”.

Recordando el informe (E/CN.4/1999/50) del experto independiente Sr. Fantu Cheru, ‘Efectos de las políticas de ajuste estructural en el goce efectivo de los dere­chos humanos’ presentado ante las NNUU en el cual concluye que “Los derechos económicos, sociales y cultu­rales de millones de personas pobres del Tercer Mundo se han visto vulnerados sistemáticamente como resultado de las políti­cas neo­liberales de ajuste destinadas a asegurar el servicio de esta deuda por los países desposeídos”.

 

Condenando a EEUU por su violación sistemática del Derecho a la Autodeterminación de todos los Pueblos, el Derecho al Desarrollo, el Derecho a la Alimentación y en general a la Declaración de los Derechos Políticos, Económicos, Sociales y Culturales.

 

 

Sobre la Paz:

Recordando la ‘Declaración de Manila sobre el Arreglo Pacífico de Controversias Internacionales’ (15 nov. 1982)

 

Condenando la presión diplomática, los engaños y las mentiras de EEUU en el arreglo a través de la guerra de diferentes conflictos.

 

Recordando la ‘Declaración sobre la cooperación internacional para el desarme’ (11 dic. 1979).

Recordando que EEUU es responsable del 45% de todas las exportaciones del armamento en el mundo.

Recordando que de los 42 conflictos activos en el mundo, EEUU contribuye a 39 de ellos con su armamento y en 18 de estos conflictos es el principal proveedor del armamento.

Recordando que el 90% de las víctimas en los diferentes conflictos es la población civil.

 

Condenando el papel fundamental y negativo de EEUU en el aumento del armamento en el mundo y en la desestabilización de la Paz Mundial. 

 

 

Sobre Palestina:

Recordando la violación sistemática de varias resoluciones de NNUU por parte de Israel.

Recordando la violación sistemática de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario en los territorios ilegalmente ocupados.

Recordando la ‘Convención sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos’ (14 dic. 1973) y la actuación del ejército de Israel en contra de la seguridad del presidente Arafat, elegido democráticamente y reconocido internacionalmente.

Recordando el uso sistemático del veto por parte de EEUU en el Consejo de Seguridad ante cualquier resolución que condena a Israel o que está dirigida a solucionar el problema según las reglas del Derecho Internacional Humanitario. (Por ejemplo, EEUU, entre 1990 y 2001, utilizó 5 veces su veto para evitar que Israel fuera condenado por crímenes de guerra en su ocupación ilegal de Palestina.)

Recordando la ayuda militar sistemática a Israel por parte de EEUU.

 

Condenando a EEUU por su complicidad en los crímenes de guerra y crímenes de Lesa Humanidad en Palestina.

 

 

Sobre Irak:

Recordando el artículo 2 de la Carta estipulando que “Los Miembros de la Organización, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los Propósitos de las Naciones Unidas.”

Recordando la resolución 687 (1991) que  declara “el compromiso asumido por todos los Estados Miembros en relación con la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de Kuwait y el Irak”.

 

Condenando el establecimiento unilateral de las zonas denominadas ‘de exclusión aérea’, sin autorización ni resolución de NNUU.

Condenando los sobrevuelos de aviones militares estadounidenses y los bombardeos permanentes como una violación del Alto de Fuego establecido en la resolución 687 y un acto de agresión contra la integridad territorial y la población de Irak.

Condenando tanto el apoyo de EEUU a Turquía que viola dicha resolución al mantener tropas en el Norte de Irak, como la presencia de las tropas estadounidenses (públicamente admitido por el gobierno de EEUU desde enero 2003).

 

Recordando el Art. 10 de la resolución 1441 (2002) que “Pide a todos los Estados miembros que apoyen plenamente a la UNMOVIC y la IAEA en el cumplimiento de sus mandatos, incluso proporcionando cualquier información relacionada con los programas prohibidos u con otros aspectos de sus mandatos”.

 

Condenando la falta de cooperación por parte de EEUU de aportar los datos y pruebas que anuncian tener.

 

Recordando el apoyo político y militar que brindó el gobierno de EEUU a Irak en su guerra contra Irán en la década de los ’80.

Recordando el hecho de que EEUU facilitó a Irak el material bélico (como son los helicópteros) y los elementos necesarios para fabricar armas biológicas y químicas (como son las bacterias y el ántrax) para cometer los crímenes contra la población kurda y iraní.

Recordando que EEUU también, durante la década de los 90, fue el principal aliado militar y político de Turquía y su principal proveedor de material bélico y ayuda militar con la cual se asesinó a decenas de miles de kurdos, se destruyeron más de 3500 aldeas y pueblos y se provocó el desplazamiento forzoso de 2 y 3 millones de kurdos.

 

Condenando la complicidad de EEUU de crímenes de Lesa Humanidad contra la población kurda.

 

 

Sobre Cuba:

Recordando que EEUU lleva diez años incumpliendo las resoluciones de las NNUU sobre el bloqueo contra Cuba. (Por ejemplo, el 27 de noviembre de 2001, por décimo año con­secutivo, la Asamblea General de NNUU aprobó una resolución -n° 56/9, por 163 votos contra 3, con 3 abstenciones- que condena las sanciones unilaterales de Estados Unidos contra Cuba y pide que se ponga fin al embargo comercial contra Cuba.)

 

Condenando a EEUU por incumplimiento sistemático de las resoluciones de NNUU sobre el embargo contra Cuba.

 

 

Sobre Colombia:

Recordando el informe (E/CN.4/2001/17) de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos del año 2001, que estipula que “la Oficina ha observado y señalado además que, históricamente, la legislación y las políticas estatales también han jugado un rol innegable en la actual magnitud y características del paramilitarismo. A ello debe agregarse las notorias responsabilidades individuales de servidores públicos involucrados con estos grupos en el curso de los últimos años, así como los ciclos de activo compromiso de las fuerzas militares con fórmulas de inclusión de civiles armados en la lucha contrainsurgente.”

Recordando los diferentes informes presentados por otras instancias de NNUU y los numerosos informes de organismos internacionales de DDHH en los cuales se da constancia de la relación existente entre las Fuerzas Armadas de Colombia y los grupos paramilitares en Colombia

Recordando que Colombia es el principal destinatario de ayuda, entrenamiento y asesoramiento militar de EEUU en el continente americano.

 

Condenando a EEUU por cómplice en crímenes de guerra y crímenes de Lesa Humanidad cometidos en Colombia.

 

 

Reconociendo la amenaza que representan para la paz y la seguridad mundial el incumplimiento por parte de EEUU de las resoluciones de la Asamblea General;

Reconociendo la violación sistemática de diferentes Tratados, Convenios y obligaciones internacionales por parte de EEUU;

Reconociendo el uso de armas prohibidas por parte de EEUU y el papel protagonista de EEUU en la proliferación masiva de armamento en el mundo;

Reafirmando el compromiso de todos los Estados miembros con la Declaración Universal de los Derechos Humanos;

Elogiando al secretario general y a los defensores de Derechos Humanos y las organizaciones sociales que luchan por la justicia en el mundo;

Decididos a garantizar el total cumplimiento de sus decisiones;

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

 

1. Decide que EEUU ha incumplido sus obligaciones internacionales.

 

2. Decide, de conceder a EEUU, por esta resolución, una última oportunidad de cumplir sus obligaciones internacionales como lo establecen las resoluciones y tratados internacionales aprobados en la Asamblea General; y, por consiguiente, decide establecer un régimen de inspección a fin de comprobar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas.


3. Decide que, a fin de comenzar a cumplir sus obligaciones, además de presentar las necesarias declaraciones semestrales, el Gobierno de EEUU debe proporcionar a la Asamblea General y al Consejo, en un plazo de 30 días a partir de la fecha de esta resolución, una declaración actualizada, precisa y completa de todos los aspectos de sus programas de desarrollo de armas químicas, biológicas y nucleares, y mísiles balísticos, y de otros sistemas de transporte de armas, como aviones no tripulados y sistemas de dispersión diseñados para ser empleados en aviones, incluidos los lugares precisos donde se almacenan estas armas, sus componentes o subcomponentes, así como las existencias de agentes, y materiales y equipos pertinentes, la ubicación de sus instalaciones de investigación, desarrollo y producción y el tipo de trabajo que se lleva a cabo en ellas, y cualquier otro programa químico, biológico y nuclear, incluyendo todos los que alega que son para fines no relacionados con los materiales o la producción de armas.

 

4. Decide que EEUU, en un plazo de un mes, debe desmontar todas sus bases militares en el mundo y retirar su personal militar igual que las células de agentes secretos que operan en todo los países del mundo.

 

5. Decide que EEUU, de forma inmediata, debe admitir el acceso de personal de organismos internacionales de Derechos Humanos en la base militar del Guantánamo y en un plazo de 2 días poner en libertad a todas las personas mantenidas en este campo de concentración.

 

6. Decide que EEUU, en un plazo de un mes, debe devolver el territorio de la base militar del Guantánamo a Cuba.

 

7. Decide retirar la membresía permanente y el derecho al veto en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas otorgado a EEUU.

 

8. Decide retirar el derecho al veto en el Banco Mundial y en el Fondo Monetario Internacional igual que en cualquier otra institución creada por parte  de las Naciones Unidas.

 

9. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

 

 

Nota: Más textos del mismo autor se pueden encontrar en http://www.pangea.org/hendrik/